El alto tribunal tumbó un parafiscal para financiar el fondo de estabilización de precios de combustibles.

Los artículos que fueron tumbados -69 y 70 de la ley 1739 de 2014- pretendían superar un déficit aproximado a los 5 billones de pesos que tenía el Fondo de Estabilización de Combustibles, frente a las variaciones de los precios del petróleo a nivel internacional que afectan los precios en Colombia.
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Para el alto tribunal no habían argumentos suficientes para que el Gobierno Nacional creara un impuesto adicional bajo la figura de parafiscal como mecanismo para financiar este Fondo.
“La Corte encontró que los artículos en mención fueron incluidos en la Plenaria del Senado de la República, esto es, después del primer debate (comisiones conjuntas de Cámara y Senado), sin que en desarrollo del mismo fueran objeto de deliberación o aprobación, es decir, fue una adición nueva al proyecto de ley presentado por el Gobierno Nacional y al debido en primer debate”, señaló la Corte.
“La Corte observó que las disposiciones acusadas no guardan relación temática con el tema esencial y limitado del proyecto de ley presentado por el Ministro de Hacienda (…) Por su parte, las normas demandadas crearon un nuevo tributo en la modalidad de contribución parafiscal, con la finalidad de financiar el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles, sin que tales ingresos se destinaran al balance del Presupuesto General de la Nación para el año 2015”, agregó la Corte Constitucional.